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Solicitud de jubilación por invalidez

jubilación por vejez

Este beneficio lo puede solicitar un afiliado, dependiente, independientes, cesantes, o voluntario que debido a una enfermedad común o general no puede seguir laborando.

Podrá acceder a esta prestación cuando el afiliado es activo, debiendo contar con un mínimo de sesenta (60) imposiciones, de las cuales seis (6) como mínimo, deben ser inmediatamente previas y consecutivas a la incapacidad para todo trabajo y que esté sobrevenida en la actividad.

El asegurado que se encuentre cesante, podrá acceder al trámite de jubilación por invalidez, cuando su incapacidad para laborar esté sobrevenida dentro de los dos (2) años siguientes al cese, y siempre que cuente con un mínimo de 120 imposiciones mensuales.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la jubilación por invalidez?

Todo afiliado que tenga una enfermedad diagnosticada con estudios y evaluaciones de especialidad, y que registre en su historia clínica haber recibido tratamiento por más de seis (6) meses sin respuesta terapéutica, con falla de la misma o que ha dejado secuelas permanentes, podrá generar una solicitud de jubilación por invalidez, siempre y cuando cumpla los siguientes requisitos:

  • Cumplir con el tiempo de cotización mínimo en el Seguro General, según sea el caso para afiliado activo o cesante
  • Estar cancelados los aportes
  • No estar en mora con el IESS, como empleador (de ser el caso)
  • No debe tener generado un aviso de accidente o de enfermedad profesional en riesgos del trabajo por la misma contingencia.
  • No debe tener generada una solicitud de jubilación (vejez o discapacidad).
  • Cuenta bancaria activa y personal, registrada en el Sistema de Historia Laboral

*No se concede la prestación de invalidez cuando la incapacidad ocurre por las siguientes causas establecidas en la Ley de Seguridad Social y en el Reglamento para la calificación, determinación y revisión de la jubilación por invalidez y del subsidio transitorio por incapacidad, establecido en la Resolución del Consejo Directivo No. 553.

  • Se encuentra  bajo los efectos de sustancias alcohólicas, psicotrópicas o de cualquier otro tóxico;
  • Si intencionalmente el afiliado, por su cuenta o valiéndose de otra persona, ocasiona la incapacidad;
  • Intento de suicido;
  • Delito intencional del que fuere responsable el asegurado, según sentencia judicial ejecutoriada;
  • Cuando no cumple con los criterios de inclusión para la calificación de la incapacidad para laborar  o invalidez,  establecidos en el Reglamento.

¿Cuál es el proceso que se debe seguir para acceder a la jubilación por invalidez?

Para generar esta solicitud se deberán seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresar a la web del IESS:

    Vamos a la sección SERVICIOS EN LÍNEA / ASEGURADOS / PENSIONISTAS / JUBILACIÓN

  2. Digitamos nuestros datos para ingresar a la web

    Número de cédula y contraseña, en caso de no recordar la clave la podemos recuperar.

  3. En el menú de la opción vamos a JUBILACIÓN POR INVALIDEZ

    En el formulario que se despliega ingresamos todos los datos requeridos e información relevante.

  4. El sistema generará una orden de exámen médico

    Esto, conjuntamente con la solicitud se imprime y el call center del IESS notificará el día y la hora en la que está agendada para el chequeo. La información se enviará al celular registrado.

Una vez erealizado esto, deberá asistir a la cita donde un médico valorará el estado de salud del afiliado y verificará que sean enfermedades comunes o generales y que cumpla con ciertos criterios, para remitirlo al médico especialista.

El médico calificador revisa la información emitida por el especialista y podrá generar el dictamen final, el cual irá a una de las salas del Comité Nacional Valuador.

    La sala deberá resolver atendiendo el siguiente orden de prelación :

a) Readaptación del trabajo: Capacidad laboral remante del trabajador y a sus condiciones de salud.

b) Subsidio Transitorio: Hasta un año. Finalizado el subsidio transitorio se procede a la reinserción laboral o a la invalidez.

       c) Determinación de la jubilación por invalidez.

Con la Resolución generada y debidamente suscrita, se notifica al correo electrónico registrado por el afiliado, y de habérsele notificado la calificación de la invalidez, el afiliado deberá previamente estar cesante y confirmar en el sistema del IESS (página web) la aceptación de la jubilación.

  •  Finalmente, el Analista Económico procede a calcular la prestación y se genera el proceso correspondiente a la liquidación y pago de la renta mensual,  pensión que tiene el carácter de vitalicio.
  •  Para aquellos casos en los cuales se notifica negando la solicitud para la jubilación por invalidez, el  interesado podrá impugnar la Resolución ante la Comisión Provincial de Prestaciones y Controversias dentro del término de ocho días de haber sido notificado.

PROCESO PARA EL SEGUIMIENTO AL TRÁMITE DE JUBILACIÓN POR INVALIDEZ

El afiliado podrá revisar el estado de su trámite a través de la página web del IESS, para lo cual deberá ingresar en la sección ASEGURADOS / PENSIONISTAS / JUBILACIÓN, digitar el número de cédula  y su clave personal del IESS, seleccionar en el menú la opción JUBILACIÓN POR INVALIDEZ, y en la siguiente pantalla ubicar la opción «consulta», en donde se le desplegará el ESTADO de la solicitud.

ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DEL IESS AUTORIZADOS PARA EJECUTAR LA CALIFICACIÓN MÉDICA POR INVALIDEZ

AZUAY

  • HOSPITAL DE ESPECIALIDADES JOSÉ CARRASCO ARTEAGA

CHIMBORAZO

  • HOSPITAL GENERAL DEL IESS AMBATO

EL ORO

  • HOSPITAL GENERAL DEL IESS MACHALA

GUAYAS

  •  CENTRO DE ESPECIALIDADES CENTRAL GUAYAS 
  • HOSPITAL DEL DÍA NORTE GUAYAS
  • HOSPITAL DEL DÍA SUR VALDIVIA   
  • HOSPITAL DEL IESS LOS CEIBOS
  • HOSPITAL DEL IESS MILAGRO

IMBABURA

  • HOSPITAL GENERAL  DEL IESS IBARRA

LOJA

  • HOSPITAL GENERAL DEL IESS MANUEL IGNACIO MONTEROS
  • HOSPITAL DEL DÍA CENTRAL LOJA

LOS RIOS

  • HOSPITAL GENERAL DEL IESS BABAHOYO
  • HOSPITAL GENERAL DEL IESS QUEVEDO

MANABI

  • HOSPITAL GENERAL DEL IESS PORTOVIEJO  
  • HOSPITAL GENERAL DEL IESS MANTA 

PICHINCHA

  • CENTRO DE ESPECIALIDADES COMITÉ DEL PUEBLO – QUITO 
  • CENTRO DE ESPECIALIDADES SUR OCCIDENTAL – QUITO 
  • HOSPITAL DEL DÍA CENTRAL -QUITO 
  • CENTRO DE MEDICINA FAMILIAR INTEGRAL Y ESPECIALIDADES «LA MARISCAL» – QUITO 
  • HOSPITAL DEL DÍA SANGOLQUI 
  • HOSPTIAL GENERAL DEL SUR DE QUITO

SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS

  • HOSPITAL DEL DÍA -STO. DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS  

TUNGURAHUA

  • HOSPITAL GENERAL AMBATO DEL IESS -AMBATO